El Tribunal Supremo dicta sentencia y confirma que el derecho a reclamar el complemento de paternidad  en la pensión de jubilación no prescribe. 

Iigualmente señala que en caso de que tuviese que tenerse en cuenta algún plazo de prescripción este no se podría computar desde la fecha de la pensión de jubilación o incapacidad permanente sino como mucho desde diciembre de 2019 que fue cuando sector la sentencia por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dando el complemento a los hombres. 

 EL Supremo desestima el recurso interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, que consideraba prescrita la petición del trabajador al haber transcurrido el plazo de cinco años. 

Esta sentencia viene a confirmar lo que te llevamos diciendo desde esta web desde hace meses: estamos ante un complemento que  no ha prescrito en contra del criterio de la Seguridad Social que denegaba sistemáticamente la prescripción a las personas que lo solicitaban y había pasado más de 5 años desde la fecha de su jubilación 

 

PENSIONES POR INCAPACIDAD PERMANENTE: TAMPOCO ESTÁN PRESCRITAS 

 La importancia de esta sentencia viene además porque para los casos de pensionistas por incapacidad permanente el plazo de prescripción no se cuenta como lo hace la seguridad social desde la fecha de suspensión sino desde diciembre de 2019. 

 Esto supone que estas reclamaciones tampoco están prescritas y que como mínimo hasta diciembre 2024 los pensionistas por incapacidad permanente también pueden reclamar el complemento 

 

DISCRIMINACIÓN DE LOS HOMBRES POR RAZÓN DE SEXO PROHIBIDA POR LA UNIÓN EUROPEA 

Te recordamos que estamos ante un complemento para pensionistas que fue declarado discriminatorio por una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en diciembre de 2019, ya que, mientras los hombres no podían acceder al mismo, las mujeres sí podían respecto. 

Esto supuso que a todos aquellos jubilados que cumpliesen el resto de requisito pudiesen reclamar el aumento de su pensión entre un 5 y un 15% con carácter retroactivo desde la fecha de su jubilación, Lo que ha provocado un aluvión de reclamaciones a la seguridad social y de sentencias favorables a los jubilados.

 REQUISITOS PARA PODER ACCEDER AL COMPLEMENTO DE PATERNIDAD 

 Estos son los requisitos para poder acceder al aumento de tu pensión entre un 5 y un 15% gracias al complemento de paternidad: 

  • Ser pensionista por jubilación o incapacidad permanente, dada entre el 2 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 
  • Haber tenido dos o más hijos ( da igual la edad que tenga o si están o no independizados) 
  • Que la madre de tus hijos no perciba ese complemento en su pensión de jubilación ( si es que percibe pensión) 
  • Que la jubilación no haya sido jubilación anticipada voluntaria, salvo que provenga tras un ERE, concurso de acreedores o despido objetivo, en cuyo caso no se considera jubilación voluntaria y sí se tiene derecho a acceder al complemento. 

consultas abogados gratis

AUMENTO ENTRE UN 5% Y UN 15% EN TU PENSION CON CARÁCTER RETROACTIVO 

 Si cumples estos requisitos debes saber que tienes derecho a un aumento en tu pensión entre un 5 y un 15% mensual y además con carácter retroactivo desde la fecha de tu jubilación 

 

 

banner abogados especialistas

Consulta gratis

con nuestros abogados

Consultas Abogados

Consulta Gratis
Abogados especialistas