El Tribunal Supremo ha emitido una providencia en la que acuerda suspender todos los recursos de casación en los que se está cuestionando la nulidad del índice IRPH debido a la nueva cuestión prejudicial que se está tramitando en Europa.
De esta manera, todos los que presentaron recursos de casación ante el Tribunal Supremo, recurriendo la denegación de la nulidad del IRPH de sus hipotecas verán sus procesos supendidos hasta, como mínimo, el año 2022, que es cuando se espera la resolución del tema por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ( TJUE).
SENTENCIAS CONTRADICTORIAS SOBRE EL IRPH
Desde que en 2016 se dictara la primera sentencia, por parte de un Juzgado, sobre la nulidad del índice IRPH, se han ido dictando continuas sentencias contradictorias.
Una parte de los Juzgados y Audiencias estaban a favor de la nulidad del IRPH si el banco no informó, al cliente, de las consecuencias económicas de la firma de este índice hipotecario.
Sin embargo, a raíz de dos controvertidas sentencias del Tribunal Supremo, en los años 2017 y 2020, la mayoría de Audiencias Provinciales siguieron el criterio del Alto Tribunal, negando la nulidad del IRPH al considerar, primero que era un índice que no se podía anular, y segundo, que no produce abusividad al cliente.

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SENTENCIA TJUE MARZO 2020
El 3 de marzo de 2020, el TJUE dictó una importante sentencia que permitía anular el IRPH si el cliente no obtuvo la información necesaria.
Esto provocó un aluvión de demandas y el dictado de sentencias favorables a los clientes.
Sin embargo, una interpretación retorcida del Tribunal Supremo de esta sentencia del TJUE, volvió negar la nulidad del IRPH, en contra de lo que parece más que evidente, según la sentencia Europea.
ULTIMAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO
Desde finales de 2020 hasta ahora, todas las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo sobre IRPH han dado la razón a los bancos, declarando legal el índice, aunque admiten que no hubo transparencia en su colocación al cliente.
Esta contradicción provocó que, de nuevo, el Juzgado de Primera Instancia Número 38 de Barcelona volviera a elevar una cuestión prejudicial sobre IRPH al TJUE para que señale si, realmente la interpretación que hace el TS infringe o no la normativa europea.
SUSPENSIÓN DE PROCEDIMIENTOS
Es indudable que hay una enorme inseguridad jurídica en materia de IRPH porque igual se dictan sentencias a favor que, se cambia el criterio, y se dictan en contra.
La suspensión de procesos es una buena noticia para los afectados que podrán, si el TJUE vuelve a corregir al Tribunal Supremo, reclamar en el año 2022 la nulidad de su IRPH, bajar el interés de su hipoteca y recuperar importantes cantidades pagadas indebidamente durante años.
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