Tras la sentencia de 16 de julio de 2020 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ( TJUE), la mayoría de las Audiencias Provinciales, están anulando la comisión de apertura, pagadas por los clientes, en sus hipotecas.
Dependiendo de la hipoteca, podemos estar hablando entre 700 y 3500 euros, más intereses legales.
Esta cantidad, sumada a los gastos de hipoteca, suponen una buena recuperación de dinero de los clientes, a los que ya sí compensa iniciar trámites judiciales contra el banco
ÚLTIMAS SENTENCIAS DICTADAS
Desde que se dictó la sentencia del TJUE, estas han sido las Audiencias Provinciales que han anulado la comisión de apertura:
- SAP 23 de julio de 2020, Audiencia Provincial de Ciudad Real
- SAP 29 de julio de 2020 de la Audiencia Provincial de Castellón
- SAP 3 de septiembre de 2020 de la Audiencia Provincial de Murcia
- SAP de 16 de septiembre de 2020 de la Audiencia Provincial de Cáceres
- SAP de 10 de septiembre de 2020 de la Audiencia Provincial de Girona
- SAP de 13 de Septiembre de 2020 de la Audiencia Provincial de Cádiz
- SAP de 24 de Septiembre de 2020 de la Audiencia Provincial de Baleares Sección
- SAP de 27 de Octubre de 2020 de la Audiencia Provincial de Málaga, de 27 de octubre
COMISIÓN DE APERTURA ABUSIVA: SERVICIO NO PRESTADO POR EL BANCO
Recordemos que la sentencia de 16 de julio de 2020 del TJUE dictaminó que los bancos solo podían cobrar comisión de apertura si acreditaban, que servicio habían prestado al cliente, para ese cobro o qué gasto habían tenido.
Esa comisión no se justificaba con el propio servicio bancario de estudio y preparación de hipoteca, lo cual se considera inherente a la propia actividad del banco.
Como, en la práctica, la gran mayoría de bancos, cobraban la comisión de apertura de manera automática, sin prestar servicio alguno adicional al cliente, el TJUE considera esa comisión abusiva, que debe ser devuelta al cliente más intereses.
QUÉ DEBO HACER PARA RECUPERAR MI COMISIÓN DE APERTURA
Para poder recuperar la comisión de apertura pagada al banco cuando firmaste la hipoteca, hay que presentar una demanda, con abogado, en el Juzgado.
En esa demanda, aparte de la comisión de apertura, se pueden reclamar otras cláusulas abusivas como los gastos de hipoteca y las cantidades a las que correspondan por clausula suelo.
Esta ultima es posible reclamar a pesar que el cliente hubiese firmado un acuerdo de renuncia a reclamar por clausula suelo con el banco ya que, el pasado 6 de noviembre de 2020, el Tribunal Supremo, declaró, esas renuncias, nulas, teniendo, el cliente, derecho a reclamar.
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