Se siguen dictando sentencias que reconocen el derecho a percibir un complemento de maternidad, en la pensión de jubilación o incapacidad, por hombres.
La última sentencia ha sido dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en fecha de 26 de julio de 2021, donde se reconoce el derecho, a un hombre, a aumentar su pensión de jubilación en un 15%, en base a dicho complemento de maternidad.
PROHIBICIÓN DE DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE SEXO
La normativa que regulaba el complemento de maternidad solo lo preveía para las mujeres.
Por dicho motivo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ( TJUE), dictó una sentencia en la que declaraba, dicha norma, contraria a normativa comunitaria por discriminación por razón de sexo, ya que solo se prevé su aplicación a las mujeres.
En concreto se indica que la norma es contraria a la normativa europea porque establece el derecho a un complemento de pensión para las mujeres que hayan tenido al menos dos hijos biológicos o adoptados y sean beneficiarias de pensiones contributivas de incapacidad permanente en cualquier régimen del sistema de Seguridad Social nacional, mientras que los hombres que se encuentren en una situación idéntica no tienen derecho a tal complemento de pensión.
CONSECUENCIAS DE ESTAS SENTENCIAS
A consecuencia de la sentencia del TJUE son numerosos los Juzgados y Tribunales que están reconociendo a los hombres, que se hayan jubilado o tengan una incapacidad permanente, y hayan tenido dos o más hijos, cobrar dicho complemento de maternidad, lo que hace aumentar entre un 5 % y un 15%, su pensión.
REQUISITOS PARA COBRAR EL COMPLEMENTO DE MATERNIDAD POR HOMBRES
Si eres hombre y cumples estos tres requisitos, tienes derecho a un aumento en tu pensión de jubilación o incapacidad:
- Si te jubilaste entre el 2 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021
- Si has tenido dos o más hijos.
- Si la madre de tus hijos no percibe ese complemento en su pensión de jubilación ( si es que percibe pensión)
- Que no haya sido jubilación anticipada voluntaria: los jubilados tras ERTES tiene derecho al complemento
IMPORTE DEL COMPLEMENTO DE MATERNIDAD PARA HOMBRES
Si cumples estos requisitos, tienes derecho a un aumento en tu pensión, en las siguientes cantidades:
- Si has tenido dos hijos: un 5%
- Si has tenido tres hijos: un 10%
- Si has tenido cuatro o mas hijos: un 15%
Ese importe se cobra, con carácter retroactivo, desde 3 meses antes a que presentemos la primera reclamación del complemento de maternidad en el INSS.
PROCEDIMIENTO PARA COBRAR ESTE COMPLEMENTO DE MATERNIDAD
Este complemento hay que solicitarlo ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social ( INSS). Por norma, el INSS está denegando dicho complemento, basándose en que solo es para mujeres, omitiendo la sentencia del Tribunal Europeo.
Esto provoca que, tras dicha denegación, tengamos que presentar demanda ante el Juzgado de lo Social que, de manera abrumadora, está dando la razón a los hombres y condenando al INSS a pagar dicho complemento.
Para el iniciar los trámites se aconseja llevarlos a cabo a través de un abogado especialista ya que, tras presentar la solicitud, hay un plazo para contestar y si el INSS no contesta en ese plazo, tendremos que presentar ya la demanda. Si no la presentamos en ese plazo, perdemos nuestro derecho.
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