El impago de deudas pueden conllevar que nos inscriban en un fichero de morosos donde bancos y financieras pueden consultar para comprobar la viabilidad de una financiación.

La inclusión en el mismo puede conllevar que no nos concedan financiación, así como un desprestigio ante nuestros clientes o acreedores.

En este artículo te contamos cómo salir de un fichero de morosos

PRINCIPALES FICHEROS DE MOROSOS

Los ficheros de morosos son controlados y gestionados por empresas distintas a los acreedores ( banco y financieras normalmente) que nos incluyen en el mismo.

Los principales son Asnef/Equifax, Badexcug/Experian y RAI

CENTRAL DE RIESGOS DEL BANCO DE ESPAÑA

Aparte de los ficheros de morosos, el Banco de España tiene la conocida como CIRBE (Central de Información de Riesgos del Banco de España) consistente en una base de datos de solvencia donde se incluyen las personas físicas o jurídicas que tienen un préstamo hipotecario, crédito, avales y garantías.

No es un fichero de morosos, pero sirve a los acreedores para controlar la viabilidad de una operación en función a los créditos que tiene la persona.

REQUISITOS PARA QUE NOS PUEDAN INCLUIR EN UN FICHERO DE MOROSOS

Para que tu acreedor pueda incluir tu deuda en un fichero de morosos, deben cumplirse estos 6 requisitos:

  • Que la deuda sea cierta, líquida, vencida, exigible y que haya resultado impagada.
  • Que sea igual o superior a  50 €.
  • Que haya existido un requerimiento previo de pago al deudor notificándole que se le va a incluir en el fichero: el requerimiento debe darse con, al menos, 1 mes de antelación a la inclusión en el fichero
  • Que la deuda no tenga una antigüedad superior a cinco años
  • Que la deuda no esté siendo discutida, es decir, que no esté pendiente de resolverse en un proceso judicial.

CÓMO SABER SI ESTOY INCLUIDO EN UN FICHERO DE MOROSOS

Cualquier persona puede consultar sus datos en estos ficheros, rellenando el formulario habilitado y aportando copia de si DNI.

Esta consulta es totalmente gratuita

El procedimiento para consultar la inclusión es el siguiente:

  • Dirigir solicitud al titular del fichero para saber si estamos inscritos o no y la causa de la inscripción
  • El titular del fichero nos debe informar de la inclusión de la deuda, la fecha e importe 

DERECHOS DEL CLIENTE INCLUIDO EN UN FICHERO DE MOROSOS

Si nos han incluido en los ficheros de morosos, tenemos los conocidos como DERECHOS ARCO-POL que son los siguientes:

  • Derecho de Acceso: derecho a tener información sobre los datos del cliente contenidos en un fichero, si están siendo tratados, con qué finalidad y por quién.
  • Derecho de rectificación: derecho a la modificación por ser los datos inexactos o incorrectos
  • Derecho de Supresión: derecho a que se supriman los datos que resulten ser inadecuados o excesivos sin dilación indebida. Es lo que se conocía también como derecho al olvido.
  • Derecho de Oposición: derecho del afectado a que no se traten sus datos o se cese el uso de los mismos.
  • Derecho de Portabilidad: derecho a la migración de los datos personales de un fichero a otro.
  • Derecho de Oposición: derecho del titular de los datos a no ser objeto de una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado de los datos y que produzca efectos jurídicos o afecte de manera significativa en el titular.
  • Derecho de Limitación: derecho del afectado a obtener limitación del tratamiento de los datos personal.

CÓMO ELIMINAR MIS DATOS DEL FICHERO DE MOSOROS

Si la deuda es real y está correctamente inscrita, habiéndose cumplido todos los requisitos de plazos y requerimiento previo, lo más sencillo es efectuar el pago de la deuda.

Una vez pagada, nuestro banco o financiera acreedor debe comunicar al titular del fichero la baja de los datos por dicho pago.

Sin embargo, si la deuda no existe o se han inclumplido los requisitos para su inscripción en el fichero de moroso, hay que presentar escrito ante el titular del fichero solicitando la cancelación del mismo y acompañando  la documentación que acredite que esa deuda no existe o que está siendo discutida en los Juzgados.

Recordemos que, según recientes sentencias del Tribunal Supremo, hay obligación, por parte del titular del fichero, de comprobar que la deuda no existe o no se han cumplido los requisitos de inscripción y, en su caso, dar de baja al mismo.

INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR INDEBIDA INCLUSIÓN EN EL FICHERO DE MOROSOS

Si, a pesar de haber acreditado que no existe deuda o que no se han cumplido los requisitos para la inscripción, ni el titular del fichero procede a la baja, ni el acreedor hace caso a nuestras reclamaciones de baja, podemos iniciar un proceso de reclamación judicial para que el Juez ordene esa baja en el fichero y, además, condene al pago de una indemnización de daños y perjuicios.

Recordemos que la inclusión indebida en los ficheros de morosos supone una vulneración del  DERECHO AL HONOR, INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR Y A LA PROPIA IMAGEN, y como tal es reconocido el derecho de indemnización por los Tribunales.

 

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