En ocasiones, tras haberse tramitado la separación legal del matrimonio, se produce la reconciliación y la vuelta a vida en común.
Es importante conocer como llevar a cabo legalmente esta reconciliación para evitarnos desagradables sorpresas en el futuro.

LA RECONCILIACIÓN TRAS UNA SEPARACIÓN LEGAL

Por medio de la reconciliación la pareja decide poner fin al proceso de la separación o dejar sin efecto la sentencia de separación. Esto se tiene que poner en conocimiento del Juzgado que haya tramitado la separación legal para que la reconciliación sea inscrita en el Registro Civil.
Igualmente, es necesaria esta comunicación para dejar sin efecto las medidas sobre los hijos ( pensión de alimentos, guarda y custodia, régimen de visitas y uso de la vivienda familiar) que se adoptaron tras la separación.
En todo caso, el Juez, a pesar de la reconciliación, puede mantener alguna de estas medidas, si considera que beneficia a los hijos.

TRAMITACIÓN DE LA RECONCILIACIÓN TRAS UNA SEPARACIÓN

Para tramitar legalmente la reconciliación es necesario que ambos cónyuges estén de acuerdo, presentando escrito en el Juzgado de familia para que deje sin efecto la separación legal del matrimonio. Dicho escrito debe ser redactado por medio de un abogado.

RECONCILIACIÓN EXPRESA TRAS SEPARACIÓN MATRIMONIAL

Si los cónyuges presentan escrito, en el Juzgado de familia, comunicando su intención de volver a vivir juntos y dejar, sin efecto legal, la separación dictada por el Juzgado hablamos de reconciliación expresa.
Presentado el escrito, ambos cónyuges tendrán que ratificarlo en presencia del Letrado de Administración de Justicia.
Si la separación legal se llevó a cabo ante notario, se tendrá que comparecer, nuevamente, ante notario para manifestar la reconciliación
Para que esta reconciliación expresa tenga la eficacia de dejar sin efecto las medidas acordadas en la sentencia de separación, anulando la misma, debe ser comunicada al Registro Civil.

RECONCILIACIÓN TÁCITA TRAS SEPARACIÓN LEGAL: EFECTOS QUE PRODUCE

Cuando el matrimonio se reconcilia, volviendo a vivir juntos, pero no comunica esto al Juzgado de familia, hablamos de reconciliación tácita que no produce el efecto de anular la separación legal y las medidas sobre los hijos que se adoptaron con la misma.

Es decir, a efectos legales, el matrimonio sigue separado, aunque se haya reconciliado.

Esto puede tener negativos efectos, por ejemplo, si uno de los cónyuges fallece en esa situación, para poder acceder a la pensión de viudedad o a la herencia.

Por dicho motivo, es aconsejable tramitar la reconciliación en el Juzgado para que tenga efectos a terceros y se inscriba en el Registro Civil

 

 

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