En este post te hablamos de ocultar

El Tribunal Supremo ha condenado a un médico a la pena de  dos años y medio de prisión  por un delito de descubrimiento y revelación de secretos al acceder, sin autorización ni motivo justificado, a bases de datos que contenían historias clínicas de cinco compañeros de hospital

El médico, trabajados de IBSALUD, ya había sido condenado por la Audiencia Provincial de Mallorca que consideró probado que accedió, hasta en 25 ocasiones, a historiales médicos con datos reservados de especial interés, vulnerando el derecho a la intimidad de los afectados.

El delito cobra especial gravedad dada la condición de funcionario del médico

DERECHO A LA INTIMIDAD

El Tribunal Supremo considera que  toda persona tiene derecho a que se respete el carácter confidencial de los datos referentes a su salud y a que nadie pueda acceder a ellos sin previa autorización amparada por la ley, 

Entiende que  la historia clínica entra dentro de ese derecho a la intimidad y además contiene datos especialmente sensibles, cuyo mero acceso injustificado ya supone un perjuicio al titular de la historia, que ve vulnerada su intimidad sobre sus datos más reservados

DELITO DE REVELACIÓN DE SECRETOS

El artículo 197 del Código penal castiga con penas de uno a cuatro años a quien,  sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado. 

En caso que el delito lo cometa un funcionario, en ejercicio de su función, la pena es más grave