En este post te hablamos de ocultar

¿ Te ha tocado la lotería de Navidad en este 2015? Si has sido uno de los afortunados ya sabrás que el 20% de tu premio irá directamente a las arcas de hacienda, salvo que el importe ganado no supere los 2.500 euros. Pero ten cuidado con compartir el premio después de cobrarlo: Hacienda puede llevarse mucho más.

Sin duda, el sorteo de la lotería de navidad, de cada 22 de diciembre, supone el inicio oficial de la navidad. Es más que probable que en 2014 no te tocara nada y te prometieras no volver a jugar a la lotería de navidad en 2015, pero cada año millones de personas volvemos a gastarnos dinero en este sorteo de navidad. Este año se estima un gasto medio de unos 60 euros por persona en lotería de navidad

 Son varias las razones por las que jugamos a la lotería de navidad, pero el que se haya convertido en una tradición navideña, suele ser la más recurrente ya que, si pensamos en que jugamos porque nos va a tocar, no lo haríamos: solo hay una posibilidad entre 85.000 que nos toque el Gordo de navidad. Eso sí, las terminaciones 85 y 57 han sido, históricamente, las más premiadas.

Si a pesar de eso, la suerte nos sonríe y somos uno de los afortunados, aquí os dejamos el manual legal básico respecto al premio

HACIENDA SE LLEVA EL 20% DEL PREMIO

Hasta el 2013, todos los premios de loterías y apuestas oficiales del estado ( Lotería de Navidad, ONCE, Primitiva,..) estaban exentos de impuestos. El afortunado tenia que declarar en su Renta el premio, pero el mismo estaba exento al 100%, por lo que no pagaba impuestos por él.

A partir del 1 de enero de 2013, hacienda se queda automáticamente con el 20% de tu premio. 

Y esto lo hace por medio de la figura de la retención fiscal: Loterias y Apuestas del estado te ingresará en tu cuenta el 80% del premio, pero el restante 20% se lo ingresa directamente a la Agencia Tributaria.  

Por lo tanto, realmente cobramos el 80% del premio libre de impuestos.

Sí tributaran los ingresos posteriores que obtengamos gracias al dinero del premio: intereses en cuentas bancarias, rendimientos por compra de inmuebles, …

LOS PRIMEROS 2.500 EUROS ESTÁN EXENTOS DE IMPUESTOS

En caso que nos toque un premio que no supere los 2.500 euros, no tendremos que pagar impuesto alguno, ni hacienda nos retendrá ese 20%.

Por lo tanto, si nos tocan 10.000 euros, solo pagaremos impuestos por 7.500 euros, ya que los 2.500 euros primeros están exentos de impuestos.

Si el décimo o papeleta de la loteria de navidad es compartida por varias personas, la cuantía exenta prevista en los párrafos anteriores se prorrateará entre los cotitulares en función a la participación en ese décimo o papeleta.

CUIDADO CON COMPARTIR EL PREMIO DESPUÉS DE COBRARLO

Son habituales los casos en los que compartimos un décimo con alguien. Si ese décimo tiene premio, dicha cantidad se debe repartir en función a la participación que tengamos.

Sin embargo, ese reparto debe hacerse siempre antes de cobrar el premio. Es decir, cuando un décimo ha sido premiado, aconsejamos hacer el depósito del mismo en una entidad bancaria y que nos expidan un certificado de titularidad de ese décimo, en proporción a la participación que tengamos. 

De esta forma, hacienda se queda con el 20% del premio, y el resto será entregado en proporción a la participación, no teniendo que abonar impuesto alguno más.

Sin embargo, si optamos por cobrar solos el premio, y luego entregar la parte que le corresponde a la persona que lo compartía con nosotros, lo que se está produciendo es una donación sujeta al impuesto de donaciones y, el que lo recibe, tendrá que pagar, otro impuesto a hacienda, con un gravamen desde el 7,65% al 34% del premio.

Por lo tanto, es mucho más rentable, depositar el décimo a nombre de todos sus titulares, que, el mismo, sea cobrado por una sola persona, y luego lo reparta al resto.

DÉCIMO PREMIADO COMPRADO POR PERSONA CASADA

Si una persona casada, en régimen legal de bienes gananciales, compra un décimo y este es premiado, el premio tiene será ganancial, teniendo derecho, el otro cónyuge al 50% del mismo.

Si, por el contrario, si estamos casados en separación de bienes, el premio no es del matrimonio, sino solo de la persona que lo ha comprado.

DÉCIMO PREMIADO POR PERSONA CASADA  EN GANANCIALES PERO QUE ESTÁ EN TRÁMITES DE SEPARACIÓN O DIVORCIO

Si una persona, casada en bienes gananciales, compró un décimo, estando en trámites de separación o divorcio, la Jurisprudencia ha entendido que el premio es privado, y no del matrimonio, siempre y cuando exista una clara intención de las partes de ruptura matrimonial y ambos mantengan ya economías separadas.

Por lo tanto, aunque la sociedad de gananciales queda disuelta con la sentencia de separación o divorcio, si una pareja, que esté en trámites de separación, o se encuentre en una situación de separación de hecho definitiva y prolongada, mantiene una economía independiente, el premio no será ganancial, sino privativo de quien lo haya comprado

Se entiende que, si ambas partes han acordado romper la convivencia en común, no se podrán reclamar derechos sobre los bienes que, uno de ellos, adquiera con posterioridad a la ruptura de la vida en común consentida, siempre y cuando exista también una separación de la economía de ambos

PLAZO DE CADUCIDAD PARA RECLAMAR EL PREMIO: 3 MESES

El plazo para reclamar el pago del premio de lotería de navidad es de 3 meses desde la fecha del sorteo. Pasado ese plazo, sin reclamar el mismo, nuestro derecho caduca y perderemos el importe.

Si tienes que reclamar cualquier deuda, necesitas un Abogado para actuar ante los Juzgados o Tribunales.

Nuestros Abogados especialistas llevan tu caso. 

Rellena el formulario que encontrarás en nuestra web o explícanos tu caso al mail juicios@www.elabogadoencasa.com