Si ingreso dinero que tenía de soltero en una cuenta bancaria conjunta del matrimonio, ¿ ese dinero pasa a ser dinero ganancial o común del matrimonio?.

El Tribunal Supremo ya ha dejado claro, en diversas sentencias, la última de 16 de septiembre de 2022, la respuesta a esta pregunta.

DINERO EN CUENTAS COMUNES: LO IMPORTANTE ES EL ORIGEN DEL DINERO

El Tribunal Supremo, en la sentencia de 25 de abril de 2022, resumió su doctrina sobre si el dinero privado ingresado en una cuenta corriente del matrimonio pasa a ser automáticamente ganancial.

Señala que el hecho que una cantidad de dinero se ingrese en una cuenta conjunta abierta a nombre de dos o más personas no prejuzga, la titularidad dominical de las sumas ingresadas.

Es decir, que lo importante es el origen de dicho dinero y no si se ingresa o no en una cuenta conjunta.

EJEMPLO: INGRESO DE INDEMNIZACIÓN POR UN ACCIDENTE DE TRÁFICO

Un claro ejemplo es cuando se ingresa el dinero cobrado como indemnización por un accidente de tráfico en la cuenta común del matrimonio.

Esa indemnización tiene carácter privativo, aunque se esté casado en gananciales, ya que supone una indemnización por daños personales.

El hecho que ese dinero se ingrese en la cuenta común del matrimonio no supone que los fondos transferidos transmuten su naturaleza jurídica en gananciales.

Señala el Tribunal Supremo que  hay que comprobar la originaria procedencia del dinero que nutre la cuenta para calificar si son o no gananciales.

INGRESO EN CUENTAS COMUNES: APLICACIÓN A COTITULARIDAD DE CUENTAS

Esto mismo se aplica en el caso habitual que haya una cuenta con varios cotitulares. Muchas veces hay hijos que están de cotitulares en las cuentas de sus padres para facilitar las operaciones bancarias si estos son mayores y no pueden desplazarse al banco.

El hecho que esté de cotitulares no presupone que el dinero sea al 50% de padres e hijos, sino que depende de los ingresos de los que se nutre esa cuenta.

Así si los ingresos en la cuenta provienen solo de la pensión de los padres, el dinero es solo de estos, sin que el hijo cotitular tenga derecho sobre él.

Esto es especialmente importante a la hora del reparto de la herencia ya que, en la misma, debe entrar el 100% del saldo de la cuenta de los padres fallecidos, y no el 50% por el hecho que haya un hijo como cotitular.

 

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INGRESO EN CUENTAS BANCARIAS: NO SE PRESUME LA EXISTENCIA DE UNA DONACIÓN

Por otro lado, el hecho que se ingrese dinero privado en una cuenta bancaria común del matrimonio, no presupone que se haya querido hacer una donación a favor del matrimonio.

El ánimo de liberalidad nunca se presume y tiene que ser acreditado en juicio por quien lo alega.

INGRESO EN CUENTA BANCARIA: NO SE RENUNCIA AL DERECHO DE REEMBOLSO

Y además la circunstancia de ingresar dinero privado en una cuenta común o emplear dinero privativo en la adquisición de un bien al que se atribuye por los cónyuges la condición de ganancial no significa la renuncia al derecho de reembolso, en un futuro proceso de divorcio o liquidación de bienes gananciales.

De hecho el cónyuge que haya hecho ese ingreso o gastos con dinero privado, tiene derecho de  reintegro de su importe actualizado con IPC

CONCLUSIONES SOBRE EL INGRESO DE DINERO PRIVADO EN CUENTAS GANANCIALES

  • El hecho de ingresar un dinero privado en una cuenta común o ganancial no supone que el dinero se convierta en ganancial
  • Nunca se presupone la donación del dinero por el hecho que se ingrese sino que esta intención de donar tiene que demostrarse por quien recibe el dinero
  • Quién ingresa dinero privado en una cuenta común mantiene el derecho de reembolso del mismo, actualizado con IPC