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5 CLÁUSULA MULTIDIVISA IMPUESTA POR EL BANCO: CONTROL DE TRANSPARENCIA
7 NULIDAD DE LA HIPOTECA MULTIDIVISA: FALTA DE INFORMACIÓN AL CLIENTE 

El Tribunal Supremo anula una hipoteca multidivisa, celebrada con Barclays Bank, obligando a pasar la misma a euros, al considerar que no se le informó adecuadamente, al cliente, de los riesgos asociados a las cláusulas relativas a la denominación en divisas del préstamo y su equivalencia con el euro.

Esta sentencia, de fecha 15 de noviembre de 2017, supone un nuevo golpe histórico a los bancos, uniéndose a otras sentencias que han castigado la fraudulenta actividad bancaria como las de cláusula suelo, gastos de hipoteca o intereses de demora en los préstamos celebrados con consumidores.

La sentencia recoge la doctrina ya pronunciada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ( TJUE) en la sentencia de 20 de septiembre de 2017 (caso Andriciuc), considerando que, aunque estos préstamos multidivisa no están sometidas a la Directiva MIFID, ello no excluye el deber de las entidades bancarias a informar de manera transparente a los consumidores y usuarios.

Se estima que, en en España, hay más de 700.000 afectados en sus hipotecas por cláusulas multidivisa por lo que esta sentencia del Tribunal Supremo, abre la puerta a miles de reclamaciones en los Juzgados para recuperar el dinero abonado indebidamente y ver como su deuda con el banco baja considerablemente.

CLÁUSULA MULTIDIVISA IMPUESTA POR EL BANCO: CONTROL DE TRANSPARENCIA

La sentencia considera que las cláusulas multidivisa no fueron objeto de negociación individual, sino que fueron impuestas por la entidad bancaria.

Esto supone que, al tratarse de cláusulas que definen el objeto principal del contrato, existe un especial deber de transparencia por lo que los bancos deben facilitar a los prestatarios la información suficiente para que éstos comprendan no solo su contenido formal y gramatical, sino también su alcance concreto y puedan tomar decisiones fundadas y prudentes. 

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En definitiva, no solo se exige que se supere el control de incorporación de la cláusula multidivisa ( comprensión gramatical), sino que se supere el conocido como control de transparencia, ya utilizado para anular multitud de hipotecas con cláusula suelo o índice IRPH, y que consiste en que el banco debe demostrar que el cliente comprendió, perfectamente, las consecuencias económicas que le suponía firmar una hipoteca reverenciada, no a euros, sino a otras divisas, con los riesgos que ello conlleva.

Ello no excluye la sujeción de las entidades financieras que conceden estos préstamos a las obligaciones de información que establecen las normas de transparencia bancaria y las de protección de consumidores y usuarios, en los casos en que el prestatario tiene la consideración legal de consumidor. 

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RIESGOS DE LAS HIPOTECAS MULTIDIVISAS

Es claro que un consumidor medio, que firma esta hipoteca multidivisa, puede prever el riesgo de un cierto incremento de las cuotas de amortización por efecto de la fluctuación de las monedas sin necesidad de una especial información, pero lo que no suele prever son otros  riesgos asociados a estas hipotecas multidivisa como son que, la fluctuación de la divisa supone un recálculo constante del capital prestado, lo que determina que, pese al pago de las cuotas mensuales de hipoteca, el consumidor ve como, lo que le debe al banco, va en aumento, en lugar de disminuir

Incluso aunque se cumpla la obligación de pagar las cuotas, el banco pueda dar por vencido anticipadamente el préstamo si el euro se devalúa, por encima de ciertos límites, sobre la divisa extranjera.  

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NULIDAD DE LA HIPOTECA MULTIDIVISA: FALTA DE INFORMACIÓN AL CLIENTE 

En este caso sentenciado por el Tribunal Supremo, el banco no explicó adecuadamente al cliente estos riesgos, asociados a las cláusulas relativas a la denominación en divisas, ni las graves consecuencias que podía tener en su hipoteca

Los clientes, no solo han tenido que abonar cuotas superiores en aproximadamente un 50% al importe de la cuota inicial, pese a la bajada del tipo de interés, sino que además la cantidad que el banco les reclamaba, como deuda pendiente, superaba significativamente la cantidad que recibieron, en su día, de préstamo.

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La falta de transparencia de las cláusulas multidivisa ha generado para los clientes un grave desequilibrio, en contra de las exigencias de la buena fe, puesto que, al ignorar los graves riesgos que entrañaba la contratación del préstamo, no pudieron comparar la oferta del préstamo hipotecario multidivisa con las de otros préstamos sin multidivisa y se ha agravado su situación económica y jurídica. 

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CONSECUENCIAS: NULIDAD DE LA CLÁUSULA DE HIPOTECA MULTIDIVISA

Las consecuencias de esta sentencia para los clientes son las siguientes:

a) Se mantiene la vigencia de la hipoteca pero se anula la cláusula de hipoteca multidivisa

b) Se pasa la hipoteca a euros

c) Se debe recalcular la cantidad realmente debida por los clientes como si el préstamo hubiera estado siempre reverenciado a euros

d) Se debe devolver a los clientes, las cantidades que han abonado indebidamente por el pago de la hipoteca multidivisa

En conclusión: los afectados por hipotecas multidivisas ya tienen la vía abierta para recuperar todo el dinero abonado indebidamente a su banco. El Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea nos da la razón. ¿ A qué esperas para reclamar lo que te pertenece?

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