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4 LAS 10 CLÁUSULAS CONSIDERADAS COMO ABUSIVAS POR LA LEY DE DEFENSA DE CONSUMIDORES Y USUARIOS
5  LAS 7 CLÁUSULAS ABUSIVAS MÁS FRECUENTES EN CONTRATOS BANCARIOS

En un artículo anterior de nuestra web ya hablamos de cuando se puede considerar que, una cláusula de un contrato celebrado entre un consumidor y una empresa o profesional, es abusiva.

En este nuevo artículo hablaremos de cuáles son las principales cláusulas abusivas que están siendo declaradas nulas de pleno derecho por los Juzgados y Tribunales y las consecuencias tiene esa declaración para el consumidor y para la empresa con la que ha contratado.

Nos referimos a todo tipo de contratos celebrados entre un profesional o empresa ( promotora, abogado, concesionario de coches, comerciante,…) y un consumidor ( persona física o jurídica que contrate para un fin particular y no para un fin profesional o empresarial). 

LAS 10 CLÁUSULAS CONSIDERADAS COMO ABUSIVAS POR LA LEY DE DEFENSA DE CONSUMIDORES Y USUARIOS

Las 10 cláusulas principales consideradas como abusivas por la ley de consumidores y usuarios son:

1) Las que dan al profesional o la empresa un plazo excesivamente largo o indeterminado para cumplir el contrato: Un ejemplo sería cuando en un contrato de compra de vivienda en construcción, no se establece un plazo determinado o determinable de entrega de la vivienda

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2) Las cláusulas que establecen la prórroga automática de un contrato de adhesión de duración determinada si el consumidor no se manifiesta en contra. 

3) Las cláusulas que permiten a la empresa resolver el contrato anticipadamente si al consumidor no se le da el mismo derecho

4) La cláusula que obliga al consumidor aún cuando el profesional no ha cumplido con sus obligaciones.

5) La cláusula que impone al consumidor una indemnización desproporcionadamente amplia

6)  La que condiciona el cumplimiento del contrato solo a la voluntad de la empresa o profesional.

7) El establecimiento de fechas meramente orientativas y condicionadas a la voluntad del profesional o empresa.

8) La cláusula que suponga renuncia del consumidor a sus derechos legales reconocidos y las que excluyan o limiten la responsabilidad del empresario o profesional

9)  La cláusula que obliga al consumidor a subrogarse en la hipoteca de la promotora o le  imponga penalización en los supuestos de no subrogación.

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10) La cláusula que establezca que, en caso de disputa, el juicio lo conocerá un Juzgado distinto al del domicilio del consumidor, el lugar del cumplimiento de la obligación o donde se encuentre el bien si fuera inmueble.

Esta numeración no impide que pueda haber otras cláusulas en contratos que se puedan considerar abusivas, aunque no vengan expresamente reflejadas como tales en la ley de defensa de consumidores y usuarios

 LAS 7 CLÁUSULAS ABUSIVAS MÁS FRECUENTES EN CONTRATOS BANCARIOS

Dentro de la abusividad al consumidor, en la relación con los bancos es donde se suelen dar el mayor número de cláusulas abusivas. Os indicamos las 7 más frecuentes:

1) Cálculo de los intereses conforme al año comercial de 360 días como divisor del cálculo de intereses de operaciones calculadas por días.

2) Exigencia de avales y garantías adicionales excesivas en relación al valor del bien que ya ha sido garantizado con una hipoteca de manera suficiente

3) Cláusulas de vencimiento anticipado que permita al banco pedir todo el dinero del préstamo en caso de impago de un solo recibo: Son cláusulas muy habituales en hipoteca. Sin embargo, muchos Juzgado ya la declaran nulas porque son desproporcionales. Se exige que haya un verdadero incumplimiento de impago continuado de cuotas y no en un mero retraso o incumplimiento leve en relación a la totalidad del préstamo

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4) Exigir un seguro para la firma del préstamo sin que eso se le haya advertido hasta el momento de la firma del préstamo.

5) Existencia de cláusula suelo en préstamos hipotecarios firmadas por el cliente sin haber sido informado debidamente de lo que suponía la cláusula suelo y su incidencia en el préstamo

6) Cobro de tipo de interés de demora en préstamos personales que superen en dos puntos el interés pactado: Estas cláusulas son abusivas por propia doctrina del Tribunal Supremo contenida en la Sentencia de 22 de Abril de 2015

7) Cobro de interés de demora en préstamos hipotecarios que superen en tres veces el interés legal del dinero ( actualmente en 3,5%) por mandato de la Ley 1/2013 ( Ley Antidesahucios) que modifica el Artículo 14 de la Ley Hipotecaria

CONSECUENCIAS DE LA DECLARACIÓN DE CLÁUSULAS ABUSIVAS

Para declarar abusiva una cláusula de un contrato bancario, hay que interponer una demanda con abogado en el Juzgado solicitando la declaración de nulidad de la misma.

La nulidad provocará, inicialmente, que la cláusula quede sin efecto, no se aplique y que el banco tenga que devolver, al cliente, todo lo que haya podido cobrarle por ella.

Pero, en caso de que la cláusula declarada nula, sea una cláusula fundamental del contrato, se puede declarar la nulidad de todo el contrato, aunque es cierto que siempre se debe intentar mantener la validez del resto del contrato.

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