El Tribunal Supremo considera que el IRPH no es transparente pero, a la misma vez, que no es abusivo.
Habrá que esperar a que se publique el texto de la sentencia para que nos expliquen como le explicamos esta incongruencia a nuestros clientes afectados.
SENTENCIA DE 21 DE OCTUBRE DE 2020
El fallo de la sentencia del Tribunal Supremo (TS) se ha dado a conocer hoy dia 21 de octubre.
Según la nota publicada hoy en la web del Consejo General del Poder Judicial, se señala lo siguiente:
El Tribunal Supremo ha deliberado y resuelto cuatro recursos de casación en relación con la cláusula de interés variable IRPH. Un quinto recurso sobre IRPH también se deliberará hoy pero presenta perfiles diferentes, por versar sobre una vivienda de protección oficial.
En los cuatro recursos resueltos, siguiendo la jurisprudencia del TJUE, ha apreciado falta de transparencia por no haberse informado de la evolución del índice de los dos años anteriores.
No obstante, y siguiendo también la jurisprudencia del TJUE, ha procedido a hacer el análisis de abusividad concluyendo, en los casos enjuiciados, que no había abusividad.
CRITERIO DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA
El 3 de marzo de 2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ( TJUE) dictó una sentencia corrigiendo al Tribunal Supremo español y admitiendo la posibilidad de anular el índice IRPH a pesar que se trate de un índice oficial publicado en BOE.
Este era el motivo por el que el TS negó la nulidad del IRPH en una sentencia de diciembre de 2017, pero ahora el TJUE modifica este criterio y admite la nulidad si el cliente no fue informado debidamente.
VOTO PARTICULAR
El fallo cuenta con el voto particular del magistrado D. Francisco Javier Arroyo Fiestas, lo cual confirma que no hay unanimidad en el mismo Tribunal Supremo sobre la validez del IRPH.
EL TEMA ACABARÁ OTRA VEZ EN EUROPA
Ante esta nueva incongruencia del Tribunal Supremo, lo normal es que el primer Juez que no entienda exactamente como es eso de no ser transparente pero tampoco ser abusivo, plantee una nueva cuestión prejudicial ante el TJUE .
En las próximas semanas sabremos si se plantea o no esta cuestión por algún Juez.
POSIBILIDAD DE RECLAMAR TODAS LAS CLÁUSULAS ABUSIVAS EN UN MISMO PROCEDIMIENTO
Los afectados por IRPH no solo tienen IRPH en su hipoteca sino que también tienen otras clausulas abusivas que pueden reclamar en el mismo procedimiento.
De esta manera pueden reclamar por gastos de hipoteca, comision de apertura o intereses abusivos
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