Ya sabemos que cuando se produce un divorcio o separación, se establecen unas medidas sobre quien se queda con la custodia de los hijos, la pensión de alimentos a pagar, el régimen de visitas para el progenitor que no tenga la custodia y el uso de la vivienda familiar.
Pero ¿ qué pasa con el pago de la hipoteca que hay sobre la vivienda familiar?. ¿ Quién está obligado a pagarla?: el que se queda con el uso de la vivienda, el propietario de la vivienda o ambos progenitores con independencia de quien viva allí y según su capacidad económica
Cuando se produce una separación y una de las partes se queda en la vivienda familiar, muchos no saben si el pago de la hipoteca de esa vivienda tiene que hacerlo quien se queda en la vivienda, ambas partes o solo quien tenga mas ingresos.
Eso da a situaciones de impago de cuotas de hipoteca que, con el tiempo, pueden acabar en una demanda judicial por el banco, exigiendo el pago de la hipoteca.
En este artículo te vamos a explicar quien es el obligado al pago de la hipoteca familiar en los casos de divorcio o separación
QUÉ SON LAS CARGAS DEL MATRIMONIO
En un divorcio o separación la sentencia judicial debe establecer la cantidad con la que, cada cónyuge, debe contribuir a lo que se conoce como cargas del matrimonio.
Realmente la ley no establece lo que son cargas del matrimonio, pero los Juzgados suelen entender que son el conjunto de gastos de interés común que origina la vida familiar habitual.
De esta forma, la sentencia de divorcio y separación fijaran la cantidad que cada uno debe aportar para esos gastos, así como los alimentos y cuidados de los hijos comunes.
¿ ES LA HIPOTECA DE LA VIVIENDA FAMILIAR UNA CARGA DEL MATRIMONIO?
Durante varios años han sido distintas las soluciones o posturas que los Juzgados han dado a la pregunta de quién debe pagar la hipoteca en una separación o divorcio. Podemos resumirlas en las siguientes:
a) La hipoteca es un gasto de la vida común familiar y, por lo tanto, es una carga del matrimonio: esto supone que, aparte de la pensión de alimentos, se puede establecer una cantidad mensual para que se pueda pagar ese gasto de hipoteca
b) La hipoteca debe ser pagada por aquella persona que permanezca en el uso de la vivienda familiar, con independencia que, en el futuro cuando se venda, se hagan las correspondientes cuentas sobre quien ha pagado mas y se compense.
c) La hipoteca debe ser pagada por ambos copropietarios, pero en proporción a sus ingresos o posibilidades.
LA HIPOTECA HA DE PAGARSE AL 50%: SENTENCIA DEL SUPREMO DE 28 DE MARZO DE 2011
Esta disparidad de soluciones que se daban, hizo que el Tribunal Supremo se pronunciara en sentencia de 28 de marzo de 2011 en el sentido que las cuotas de una hipoteca no se consideran como cargas del matrimonio y, por lo tanto, deben ser pagadas, por partes iguales, entre ambos copropietarios, con independencia de quien viva allí o los ingresos de cada uno de ellos.
Señala la sentencia que deben distinguirse dos tipos de gastos que pueden afectar a la vivienda familiar:
a) Los relacionados con la conservación y mantenimiento del inmueble destinado a vivienda familiar, que sí tienen la categoría de gastos familiares aun después de la disolución del matrimonio,
b) El pago de las cuotas del préstamo hipotecarios que está relacionado con la adquisición de la propiedad del bien y debe ser resuelto en el proceso de liquidación de bienes gananciales, pero no dentro del proceso de divorcio o separación.
Esta sentencia tuvo una precedente del 5 de noviembre de 2008 donde el Tribuna Supremo señalo que La hipoteca de la vivienda familiar no debe ser considerada como carga del matrimonio, sino que es una deuda de la sociedad de gananciales y por lo tanto debe ser pagada por mitad por los propietarios
CONCLUSIONES
Ante un proceso de divorcio o separación en el que exista una vivienda en común sobre la que hay una hipoteca, podemos concluir lo siguiente:
a) No se puede aumentar la cantidad a abonar, de un cónyuge a otro, por la pensión de alimentos, para que se pague también la hipoteca, salvo que haya un pacto expreso entre las partes por convenio regulador de divorcio o separación.
b) El pago de la hipoteca corresponde al 50% entre ambos copropietarios con independencia de quien viva en la casa o quien tiene mas ingresos.
c) Si la otra parte no abona su 50% de hipoteca, podremos iniciar reclamación judicial exigiéndole el pago y procediendo al embargo de sus bienes.
Si se separa mi hermano el piso esta al nombre de ella y el es quien paga la hipoteca y todos los gastos del piso el tendría que seguir pagando el pido y todos los gastos si se separan o se divorcian no tienen hijos en común
La hipoteca debe pagarla quien sea dueño de la vivienda y tenga la hipoteca a su nombre. Los gastos quien viva allí.
en mi caso, tengo 3 hijos, ella lleva mas ee 10 años sin trabajar ni cotizar, ni ingreso de ningun tipo, ahora que quiere el divorcio, me exige piso, custodia individual y que yo siga asumiendo todos los gastos de hipoteca + facturas + gastos (vamos todo lo que yo ya hacia durante años), mas pension de alimentos, mas pension para ella, mas pagarle un dinero por usar el coche, que a dia de hoy sigo pagando integramente yo ya que esta a su nombre.
lo mejor para mi seria vender piso y coche y repartir para empezar denuevo? o custodia compartida con casa nido? o directamente quedarme piso y custodia ? que posibles soluciones podria tener con el piso concretamente?
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Me quiero divorciar , con dos niños menores de edad y una hipoteca de la casa.que cargos corresponde a cada uno en caso de comun acuerdo o contencioso ?custodia compartida o no. quien lo decide ?
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Tenemos dos hijos de 7 y 3 años. Quiero la custodia compartida pero entiendo que no es posible ya que me veré obligado a establecerme en casa de mis padres que ademas viven a 40km Quiero saber si es posible tener la custodia compartida pudiendolos ver todas las tardes la semana que me pertoque y si en un futuro si la situacion lo permite poder disfrutar de esa semana con mis hijos a tiempo completo. Tambien me preocupa el tema economico, entiendo que tengo que correr con la mitad de los gastos referentes a la vivienda como copropietario y que a mis hijos no les falte de nada, pero me preocupa en que situacion me quedaria yo si lo qie pretendo es rehacer mi vida y asi poder disfrutar de mis hijos todo el tiempo que me pertoque de custodia.
Buenos días: depende de cada caso, pero no es inviable una custodia compartida aunque el reparto de tiempos no sea igualitaria.
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estoy divorciada desde el 2016, la hipoteca que se hizo conjunta el año 2004, la paga mi progenitor desde el 2008, aun viviendo mi ex pareja en la casa. En la sentencia me dan el uso de la vivienda a mi, pero el tiene que pagar mitad del recibo de contribución, como mitad seguro vivienda… tenemos custodia compartida con una pension de alimientos de 75 euros por niño, tengo dos, y gastos a medias. dejo de pagar la pension en agosto 2017, nunca pago la mitad de gastos de ningún tipo, libro, médicos, academias, extraescolares….ni por supuesto contribución ni seguro ni nada, hasta dia de hoy. Ahora me reclama que venda el piso y le de su parte, alegando que todo lo que ganaba lo ponía a disposición de la unidad familiar. Añadir que cuando se compro la casa se hizo una reforma importante que pago mi padre. Puede obligarme a vender? en sentencia no hay fecha de uso de vivienda, hasta cuando tengo derecho a vivir aquí? Puedo hacer algo para reclamar la propiedad única de la vivienda? Le he ofrecido ponerla a nombre de los niños , que es para quien va a ser y se niega, solo quiere dinero.
Mientras tengas el uso de la vivienda familiar, la venta es muy complicada que se de porque nadie va a comprar con ese uso. Luego habrña que hacer cuentas de lo que ha pagado tu padre. Además si estabais casados en gananciales, da igual quien pagara la casa de los dos. Le puedes reclamar los gastos extraordinarios y pensiones que te debe y embargarle su parte de la casa. Ponte en contacto con nosotros en el mail consultas@elabogadoencasa.com