Uno de los motivos de extinción de la pension compensatoria es contraer nuevo matrimonio o convivir maritalmente con una tercera persona. En estos casos se plantea qué sucede con las pensiones compensatorias pagadas desde que se contrae ese matrimonio o se inicia la convivencia hasta que se dicta sentencia.

Es decir, ¿ debe el cónyuge que ha recibido la pensión compensatoria devolver los meses cobrados después del nuevo matrimonio o solo desde la fecha de la sentencia?. Te lo explicamos todo en este post.

CAUSAS DE EXTINCIÓN DE LA PENSIÓN COMPENSATORIA

Aparte de lo acordado por los cónyuges en el convenio regulador de su divorcio o por lo dictado por el Juez en la sentencia, el código civil, en su artículo 101, establece expresamente que se extingue por el cese de la causa que lo motivó, por contraer el acreedor nuevo matrimonio o por vivir maritalmente con otra persona.

Aparte, es posible la reducción en caso de alteraciones en la fortuna de uno u otro cónyuge que así lo aconsejen.

SENTENCIA QUE EXTINGUE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS: ¿SE PUEDEN RECUPERAR PENSIONES PAGADAS?

 Todos sabemos que desde que se presenta una demanda hasta que se dicta una sentencia pueden pasar meses e incluso años.

La persona obligada a pagarla, tiene que seguir abonándola mientras no se dicte una nueva sentencia anulándola y todo ello, a pesar que la otra parte haya ya contraído matrimonio o conviva, maritalmente, con una tercera persona.

En estos casos, se plantea si, tras dictarse la sentencia anulando la pensión compensatoria, las pagadas con posterioridad al matrimonio, se pueden recuperar.

CASO DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 17/12/2019: PERMITE RECUPERAR LAS PENSIONES COMPENSATORIAS PAGADAS

Esto ha sido resuelto por nuestro Tribunal Supremo en una reciente sentencia de 17 de diciembre de 2019.

En este caso, en su día se dictó una sentencia anulando la pension compensatoria por un nuevo matrimonio. Y el ex marido presentó una nueva demanda reclamando la devolución de las pensiones pagadas desde que se presentó esa primera demanda para anularla .

La ex esposa entendía que no se tenia que devolver nada y que había obligación de pagar hasta que se dictó la nueva sentencia anulando la pensión.

El Tribunal Supremo da la razón al marido y la esposa debe devolver pensiones pagadas con anterioridad a la sentencia.

FECHA DESDE CUANDO DEBEN DEVOLVERSE LAS PENSIONES

Resulta evidente que la causa de extinción consistente en contraer nuevo matrimonio tiene que producir su efecto desde que este hecho se produce, con independencia de la fecha en que se interpone la demanda y se dicta sentencia decidiendo sobre la extinción.

La razón de ser está en relación con la comunidad de disfrute entre dos personas ,unidas por matrimonio, de una determinada posición económica, lo que da lugar a que, extinguido el vínculo, deba ser compensado aquel de los cónyuges que sufre un desequilibrio perjudicial respecto de la situación en que se encontraba vigente el matrimonio; compensación que se extinguirá cuando esa comunidad de disfrute de instaura de nuevo con otra persona.

En este caso, el esposo solicitó la devolución desde la fecha de presentación de la demanda de modificación de medidas, y así se le concedió.

Pero ciertamente, el Tribunal Supremo admite, en esta sentencia, reclamar desde el momento en que se haya producido el nuevo matrimonio o se acredite la nueva convivencia con un tercero.

DEVOLUCIÓN DE PENSIONES PAGADAS MAS INTERESES

En conclusión, el Tribunal Supremo estima el recurso del esposo y condena a la esposa a pagar al  155.067,80.-€, más los intereses legales desde la interposición de la demanda, en concepto de cobro indebido de pensión compensatoria, por la existencia de una relación afectiva y estable análoga a la marital por parte de la esposa con un tercero.

Se trata de 10 años de pensiones compensatorias pagadas desde que se presentó la demanda para extinguirla hasta que el Tribunal Supremo acuerda su devolución.

Por lo tanto, para recuperar las cantidades pagadas hay que dar dos pasos

Interponer una demanda con abogado en el Juzgado de familia para anular la misma

Una vez anulada, interponer una segunda demanda, también con abogado, para reclamar la devolución de las cantidades pagadas mas intereses.