El 25 de noviembre de 2021 el Tribunal Supremo dictó una sentencia que reconoce el derecho a un hombre pensionista a cobrar el complemento de paternidad en su pensión de jubilación.
Esta sentencia es la primera dictada por el Alto Tribunal en dicho sentido y permite que los hombres pensionistas que cumplan los requisitos pueda aumentar su pensión, de jubilación o incapacidad permanente, hasta un 15% más.
APLICACIÓN DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPA
La sentencia del Tribunal Supremo aplica la sentencia de 12 de diciembre de 2019 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en el casoC-450/2018, que declaró, el citado complemento de pensión que se reconoce, a las mujeres y no a los hombres, es discriminatorio por razón de sexo, lo, cual está prohibido por la normativa de la Unión Europea.
Esto supone que los también hay derecho al cobro del complemento de paternidad por hombres.
REQUISITOS PARA PODER COBRAR ESTE COMPLEMENTO
Los requisitos para poder cobrar este complemento de paternidad en la pensión son los siguientes:
- Si te jubilaste por pensión de jubilación o incapacidad permanente, entre el 2 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021
- Si has tenido dos o más hijos: Es indiferente si los hijos sean o no mayores de edad, estén o no independizados. Basta con acreditar su nacimiento.
- Si la madre de tus hijos no percibe ese complemento en su pensión de jubilación o incapacidad
- Que no haya sido jubilación anticipada voluntaria: las jubilaciones procedentes de ERTES suelen considerarse jubilaciones forzosas por lo que pueden dar lugar al complemento
IMPORTE DEL COMPLEMENTO
El importe mensual en que aumentará la pensión de jubilación o incapacidad será el siguiente:
- Un 5% si tuviste dos hijos
- Un 10% si tuviste tres hijos
- Un 15% si tuviste cuatro o más hijos
PROCEDIMIENTO PARA COBRAR ESTE COMPLEMENTO
Para poder cobrar el complemento hay que solicitarlo ante la Seguridad Social. La Seguridad Social deniega el mismo en base a que , cuando la norma estaba en vigor, solo se preveía para mujeres.
Sin embargo, si se presenta demanda en el Juzgado correspondiente, los Juzgados dan la razón al jubilado y le reconocen el derecho al complemento con carácter retroactivo.
Ahora, con esta sentencia del Tribunal Supremo, el reconocimiento será mucho más evidente en los Juzgados.
En las últimas semanas ya hemos recibido diversas sentencias, todas ellas favorables al complemento de paternidad a favor de hombres, aplicando esta sentencia del Tribunal Supremo.
Escribe un comentario