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Ya tenemos sentencia del Tribunal de Justicia Europeo sobre las cláusulas suelo y los consumidores han ganado a los bancos: El tribunal obliga a los bancos a devolver todo el dinero cobrado ilegalmente por las cláusulas suelo y no solo desde Mayo de 2013.

Por lo tanto, los banco, en aquellos clientes que demanden a los bancos y se declare ilegal su cláusula suelo, tendrán derecho a que se les devuelva todos los los intereses que se le han cobrado cobrado indebidamente desde el inicio del préstamo hipotecario y no solo desde la fecha de la sentencia del Tribunal Supremo en Mayo de 2013.

¿QUÉ DICE LA SENTENCIA EUROPEA?

El Tribunal Europeo considera que se tiene que devolver todo el dinero porque si una cláusula es nula, lo es desde el principio, y no solo desde una fecha determinada.

De esta forma se apoya la tesis de muchos abogados y algunos tribunales que consideraban que se debería aplicar el Artículo 1.303  del Código Civil que señala que declarada la nulidad de un aspecto del contrato, las partes debe restituirse TODO lo cobrado por la misma.

Es evidente que si una cláusula es nula lo es desde siempre y no desde una fecha predeterminada.

Esta sentencia supone un fuerte impacto económico a los bancos y la recuperación del dinero cobrado ilegalmente a los clientes. 

EFECTOS DE ESTA SENTENCIA EN LOS PROCEDIMIENTOS ABIERTOS Y EN LOS TERMINADOS

En aquellos procesos judiciales que estén pendientes de setencia o esta haya sido recurrida, no siendo aún firme, los Juzgados empezarán a aplicar la sentencia europea y  devolverán todos los intereses.

Aquellos procesos judiciales que ya tengan sentencia firme, esta sentencia no les afecta porque existe cosa juzgada, pero se abre la vía para que los clientes puedan interponer nuevas demandas contra los bancos para recuperar esa diferencia.

CLÁUSULA SUELO NULA: CONTROL DE TRANSPARENCIA

Recordamos que, el Tribunal Supremo, desde la sentencia de 9 de mayo de 2013, y en otras posteriores ha declarado nulas aquellas cláusulas suelo que no cumplieran lo que se conoce como “control de transparencia”.

Partimos del hecho que nos encontramos ante una cláusula impuesta por el banco, con la que el consumidor no ha podido negociar: el banco imponía esa cláusula su el consumidor quería la hipoteca.

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Esto obliga  los bancos a demostrar no solo que la cláusula esta redactada de manera clara y sencilla en la escritura, sino que la misma fue comprendida perfectamente por el consumidor, que sabía lo que firmaba y las consecuencias de su firma.

Esa prueba recae sobre los bancos, que sin no acreditan que explicaron perfectamente al cliente lo que era una cláusula suelo y que este lo comprendió y aceptó con total libertad, la cláusula suelo puede ser declarada ilegal.

FACTORES PARA ANALIZAR EL CONTROL DE TRANSPARENCIA

El Tribunal Supremo señaló los FACTORES que se debe analizar para poder concluir, o no, que la cláusula suelo es ilegal. Si una cláusula suelo tiene la mayoría de estos factores, se suele declarar nula:

a) Falta información que la cláusula suelo era un elemento esencial de la hipoteca y que influía en la misma

 b) Inserción conjunta de cláusula suelo con una cláusula techo irrealaparentando un equilibrio que no existe para el consumidor

 c) Inexistencia de simulaciones al cliente donde pueda apreciar cómo le influye en su préstamo la existencia de una cláusula suelo.

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 d) Ausencia de comparación de coste que supone la cláusula suelo con otro productos de la entidad bancaria sin cláusula suelo

 e) No estar resaltado la cláusula suelo en la escritura, estando enmascarada entre otros datos, diluyendo la atención del consumidor para que no se de cuenta de la misma o de su importancia

CONSECUENCIAS DE LA NULIDAD DE UNA CLAUSULA SUELO

Declarada, por un Juzgado, la nulidad de una cláusula suelo, produce dos consecuencias principales:

Consecuencia 1: El banco debe dejar de aplicar la cláusula suelo en el calculo del recibo de hipoteca y calcular la misma conforme al tipo de interés ( sin suelo) firmado en la escritura

Consecuencia 2: El banco debe devolver los TODOS intereses cobrados al cliente por la aplicación de la cláusula suelo

Estamos hablando de cantidades muy significativas: en una hipoteca media de unos 120.000 euros a 30 años, la cantidad a devolver puede obscilar entre los 5.000 y los 20.000 euros.

El cliente debe interponer una demanda judicial contra el banco para anular la cláusula suelo: el banco será condenado a devolver los intereses y al pago de las costas procesales del juicio.

 

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