APROBACIÓN DEL NUEVO SISTEMA
CÓMO SE COTIZARÁ POR AUTONOMOS A PARTIR DE 2023
TABLAS DE COTIZACIÓN SEGÚN INGRESOS
-Para el tramo 2 (entre 671 y 900 euros mensuales) la base mínima será de 849,67 euros mensuales y la base máxima de 900 euros mensuales.
-Para el tramo 3 (entre 900,01 y 1.166,69 euros mensuales) la base mímima será de 898,69 euros mensuales y la base máxima será de 1.166,70 euros mensuales.
-Para el tramo 4 (entre 1.166,70 y 1.300 euros mensuales) la base mínima será de 950,98 euros mensuales y la base máxima será de 1.300 euros mensuales.
-Para el tramo 5 (entre 1.300,01 y 1.500 euros mensuales) la base mínima será de 960,78 euros mensuales y la base máxima será de 1.500 euros mensuales.
-Para el tramo 6 (entre 1.500,01 y 1.700 euros mensuales) la base mínima será de 960,78 euros mensuales y la base máxima será de 1.700 euros mensuales.
-Para el tramo 7 (entre 1.700,01 y 1.850 euros mensuales) la base mínima será de 1.013,07 euros mensuales y la base máxima será de 1.850 euros mensuales.
-Para el tramo 8 (entre 1.850,01 y 2.030 euros mensuales) la base mínima será de 1.029,41 euros mensuales y la base máxima será de 2.030 euros mensuales.
-Para el tramo 9 (entre 2.030,01 y 2.330 euros mensuales) la base mínima será de 1.045,75 euros mensuales y la base máxima será de 2.330 euros mensuales.
-Para el tramo 10 (entre 2.330,01 y 2.760 euros mensuales) la base mínima será de 1.078,43 euros mensuales y la base máxima será de 2.760 euros mensuales.
-Para el tramo 11 (entre 2.760,01 y 3.190 euros mensuales) la base mínima será de 1.143,79 euros mensuales y la base máxima será de 3.190 euros mensuales.
-Para el tramo 12 (entre 3.190,01 y 3.620 euros mensuales) la base mínima será de 1.209,15 euros mensuales y la base máxima será de 3.620 euros mensuales.
-Para el tramo 13 (entre 3.620,01 y 4.050 euros mensuales) la base mínima será de 1.274,51 euros mensuales y la base máxima de 4.050 euros mensuales.
-Para el tramo 14 (entre 4.050,01 y 6.000 euros mensuales) la base mínima será de de 1.372,55 euros mensuales y la base máxima será de 4.139,40 euros mensuales.
-Para el tramo 15 (rendimientos superiores a 6.000 euros mensuales) la base mínima será de 1.633,99 euros mensuales y la base máxima será de 4.139,40 euros mensuales.
COTIZACIÓN PROVISIONAL
COMUNICACIÓN DE INGRESOS PARA AUTONOMOS DESDE 2023
COMUNICACIÓN DE INGRESOS PARA AUTONOMOS YA DADOS DE ALTA ANTES DE 2023
Los trabajadores que, a fecha de 1 de enero de 2023, figuren ya dados de alta, deben realizar la comunicación de ingresos previstos, por medios electrónicos a la Tesorería General de la Seguridad Social, antes del 31 de octubre de 2023.
CAMBIO DE COTIZACIÓN
El trabajador autónomo podrá cambiar hasta seis veces al año la base por la que vengan obligados a cotizar, eligiendo otra dentro de los límites mínimo y máximo que les resulten aplicables en cada ejercicio, siempre que así lo soliciten a la Seguridad Social, con los siguientes efectos:
a) 1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el último día natural del mes de febrero.
b) 1 de mayo, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
c) 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
d) 1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
e) 1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
f) 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.
Si de la cotización llevada a cabo por el Autónomo, según lo declarado, resulta que hubiese tenido que abonar una cuota superior, la Seguridad Social, una vez Hacienda le de los datos de ingresos del año natural, procederá a regular la cotización.
El Autónomo deberá ingresar la diferencia entre ambas cotizaciones hasta el último día del mes siguiente a aquel en que se les notifique el resultado de la regularización, sin aplicación de interés de demora ni recargo alguno de abonarse en ese plazo.
NUEVA CUOTA DE TARIFA PLANA DE AUTÓNOMO
Durante el periodo comprendido entre los años 2023 y 2025, la cuantía de la cuota reducida para nuevos autónomos ( tarifa plana) , será de 80 euros mensuales.
Esta cuantía de 80 euros se mantendría durante los siguientes 12 meses si los rendimientos del autónomo son iguales o inferiores al Salario Mínimo Interprofesional.
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