Tras el informe favorable a los afectados por las hipotecas con IRPH del Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), conocido el pasado 10 de septiembre, los bancos han comenzado a llamar a clientes para ofrecerles acuerdos.

Sin embargo, esos acuerdos son realmente acuerdos-trampa que recogen una renuncia, de los clientes, a reclamar en el futuro cualquier tipo de cantidad que le pudiera corresponder por IRPH.

EL 99% DE LAS HIPOTECAS CON IRPH PUEDEN VERSE AFECTADAS POR LA SENTENCIA DEL TJUE

El pasado 10 de septiembre, el Abogado General del TJUE, en la cuestión prejudicial sobre la nulidad del IRPH, estableció dos premisas fundamentales:

  • A diferencia de lo que indica nuestro Tribunal Supremo, el IRPH SÍ puede ser objeto de control de transparencia aunque se trate de un índice oficial.
  • Habrá que analizar, en cada caso, el grado de información que el banco, a la hora de firmar la hipoteca, dio al cliente sobre lo que era el IRPH, su evolución pasada y futura, la existencia de otros índices más beneficiosos como el Euribor y, en definitiva, las consecuencias económicas, para el cliente, de firmar una hipoteca con IRPH.

Por lo tanto, hay que estudiar cada caso en particular aunque la realidad es la siguiente: en el 99% de los casos, el banco no informó debidamente al cliente sobre el IRPH.

De esta forma, al igual que ha sucedido con las cláusulas suelo, un altísimo porcentaje de hipotecas con IRPH pueden verse afectadas por la sentencia del TJUE.

EL CRITERIO DEL ABOGADO GENERAL ACERCA UNA SENTENCIA FAVORABLE A LOS CLIENTES

El informe, favorable a los consumidores, tanto de la Comisión Europea como del Abogado General del TJUE, hacen que, haya un altísimo porcentaje de probabilidad, que la sentencia del TJUE, que se dictará a finales de 2019 o principios de 2020, sea favorable a los clientes afectados.

Esto ha supuesto que los bancos empiecen a llamar a cliente para ofrecerles acuerdos que realmente encubren una trampa ya que, en los mismos:

  • Los clientes renuncian a reclamar cualquier cantidad por IRPH
  • Los clientes manifiestan que, cuando firmaron la hipoteca, el banco les informó de todo lo que debían saber sobre el IRPH
  • Al cliente se le pasa a Euribor más un diferencial que, en la práctica, supone una bajada de la cuota de hipoteca de solo 30 o 40 euros que, realmente, no compensa.

¿QUÉ PUEDO HACER PARA RECLAMAR MI IRPH MIENTRAS SALE LA SENTENCIA DE TJUE?

Es cierto que aún no hay sentencia definitiva, pero todos los informes previos son favorables por lo que es muy probable que el fallo de la sentencia, que se va a dictar a principios de 2020, sea favorable a los clientes afectados por IRPH que podrán demandar a los bancos para recuperar importantes cantidades pagadas indebidamente durante años.

Mientras tanto, desde elabogadoencasa.com aconsejamos lo siguiente:

  • No firmar ningún documento ni acuerdo con tu banco
  • Enviar un burofax legal, a través de un abogado especialista, a la entidad bancaria para advertirles de la intención de reclamar el IRPH en cuanto salga la sentencia del TJUE
  • Preparar toda la documentación necesaria para la futura demanda del IRPH consistente en la escritura de hipoteca,  extracto histórico de lo pagado del préstamo hipotecario con IRPH que nos debe facilitar el banco y las facturas de gastos de hipoteca
  • Contactar con un abogado especialista en IRPH para que nos haga un precálculo de las cantidades que el banco nos tendrá que devolver, nos revise la documentación y comience a preparar la demanda para ser de los primeros en presentarla cuando la sentencia sea favorable.

De este modo, seremos de los primeros afectados en reclamar y evitaremos vernos afectados por el colapso judicial que se prevé en los Juzgados por el aluvión de demandas que se van a presentar.